Las previsiones contempladas en este título serán aplicables a las personas menores de edad en conflicto con la ley penal, entendiendo por tales a aquellas que deban responder, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, de la comisión de hechos tipificados como delitos en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, o en las leyes penales especiales, y sean objeto de una medida impuesta por el juez o la jueza de menores.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.