A efectos de lo previsto en esta ley en materia de contaminación lumínica, el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía se clasificará en las zonas de protección contra la contaminación lumínica establecidas en la normativa básica estatal.
El procedimiento para la zonificación lumínica del territorio se desarrollará reglamentariamente de acuerdo con el artículo 124.1.b).
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).