Artículo 185. Condiciones mínimas de los edificios y solares.
Redacción vigente desde el 29/03/2014
1. (Derogado).
2. (Derogado).
3. Los ayuntamientos tienen derecho de tanteo y retracto sobre todo el suelo calificado para la ejecución de construcciones nuevas destinadas a viviendas de protección pública en el planeamiento municipal. El procedimiento para el ejercicio de este derecho se regulará reglamentariamente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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