Cuando no se considere necesario crear una persona jurídica nueva, los ayuntamientos afectados pueden formalizar convenios entre ellos para la prestación de servicios o de actividades de su respectivo interés.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.