Las relaciones interadministrativas se regirán por los principios de colaboración, cooperación, coordinación, igualdad y lealtad entre los poderes del Estado, de la comunidad autónoma y de las entidades locales. La cooperación se manifiesta en la intercomunicación competencial a que se refiere el capítulo I de este título y, además, en la asistencia técnica y financiera.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.