El ejercicio por la Administración de la potestad sancionadora se acomodará a la legislación básica de las Administraciones públicas, sin perjuicio del desarrollo normativo y de las peculiaridades que puedan preverse.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.