Artículo 72. Modalidades especiales de relaciones de consumo.
Redacción vigente desde el 01/05/2019
Son modalidades especiales de relaciones de consumo las relaciones de consumo a distancia y relaciones de consumo fuera del establecimiento mercantil, las relaciones de consumo por venta automática, las relaciones de consumo por venta a domicilio, las relaciones de consumo por subasta pública y las relaciones de consumo por venta ambulante o no sedentaria.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).