El Gobierno puede, mediante los instrumentos de planificación que ha de aprobar según esta Ley, dictar instrucciones para la coordinación de los planes locales de protección civil y los centros locales de coordinación operativa. La necesaria coordinación operativa con las autoridades del Estado se ejerce ordinariamente a través del Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (CECAT).
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).