1. Forma parte del patrimonio cultural valenciano el patrimonio documental, bibliográfico y audiovisual, constituido por cuantos bienes de esta naturaleza, reunidos o no en archivos, bibliotecas u otros centros de depósito cultural, se declaran integrantes del mismo en este título.
2. El patrimonio documental, bibliográfico y audiovisual valenciano se regirá por las normas contenidas en el presente título y, en lo no previsto en ellas, por las disposiciones de esta Ley que sean de aplicación a los bienes muebles.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.