Se velará para que los medios de comunicación adopten, mediante autorregulación, códigos deontológicos que incorporen el respeto a la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de identidad o expresión de género, tanto en contenidos informativos y de publicidad como en el lenguaje empleado, cualquiera que sea el soporte o el medio de difusión empleado.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).