Artículo 12. Objeto y contenido del Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Redacción vigente desde el 15/12/2007
1. Es objeto del Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad el establecimiento y la definición de objetivos, acciones y criterios que promuevan la conservación, el uso sostenible y, en su caso, la restauración del patrimonio, recursos naturales terrestres y marinos y de la biodiversidad y de la geodiversidad.
2. El Plan Estratégico Estatal contendrá, al menos, los siguientes elementos:
a) un diagnóstico de la situación y de la evolución del patrimonio natural y la biodiversidad y la geodiversidad.
b) los objetivos cuantitativos y cualitativos a alcanzar durante su periodo de vigencia.
c) las acciones a desarrollar por la Administración General del Estado y las estimaciones presupuestarias necesarias para su ejecución.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.