Disposición final segunda. Plazo para la aprobación del Plan Autonómico de Prevención y Sensibilización en el Consumo de Bebidas Alcohólicas por Menores de Edad.
Redacción vigente desde el 08/11/2018
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, la Junta de Extremadura, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, aprobará el Plan Autonómico de Prevención y Sensibilización en el Consumo de Bebidas Alcohólicas por Menores de Edad.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).