Disposición final tercera. Autorización para elaborar un texto refundido.
Redacción vigente desde el 14/06/2015
Se autoriza al Gobierno de Canarias para elaborar, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma legislativa sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios a que se refiere la disposición final anterior, un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizados, aclarados y armonizados, los preceptos de la presente ley y las disposiciones sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.