Artículo 46. Presencia equilibrada en los órganos directivos de las empresas.
Redacción vigente desde el 30/07/2018
1. La Comunidad Autónoma de Aragón fomentará y promoverá acciones para que las empresas y otras entidades privadas se comprometan a alcanzar el objetivo de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en sus órganos de dirección, especialmente en aquellos sectores profesionales más feminizados.
2. Reglamentariamente, se articularán mecanismos de promoción de la participación de la mujer en dichos órganos, con especial atención a las empresas públicas y a aquellas que reciban subvenciones o apoyo público.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).