Artículo 189. El patrimonio de la Comunidad Autónoma.
Redacción vigente desde el 06/11/2018
1. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias está integrado por el conjunto de los bienes y derechos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos.
2. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, su administración, defensa y conservación serán regulados por una ley del Parlamento de Canarias.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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