1. Todos los ciudadanos y ciudadanas de Canarias tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a la cultura y al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas.
2. Todas las personas tienen el deber de respetar y preservar el patrimonio cultural de Canarias en todas sus manifestaciones.
3. Los poderes públicos canarios garantizarán la práctica de actividades culturales, artísticas y formativas en condiciones de igualdad en todo el territorio de Canarias, promoviendo las acciones y medidas necesarias y teniendo en cuenta la doble insularidad.
4. Los poderes públicos canarios velarán por la protección y la defensa de la identidad, patrimonio histórico y los valores e intereses de Canarias, del legado etnográfico y arqueológico de los aborígenes prehispánicos y de las demás culturas que han ido poblando el Archipiélago, así como de las distintas modalidades lingüísticas, en particular del silbo gomero.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.