Artículo 106. Justicia gratuita. Procedimientos de mediación y conciliación.
Redacción vigente desde el 09/08/2006
1. Corresponde a la Generalitat la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita y de orientación jurídica gratuita.
2. La Generalitat puede establecer los instrumentos y procedimientos de mediación y conciliación en la resolución de conflictos en las materias de su competencia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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