Esta Ley Orgánica entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No obstante, las previsiones contenidas en el capítulo IV producirán efectos a los seis meses de la entrada en vigor de la Ley Orgánica.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).