Del funcionamiento y seguridad de los depósitos responderán sus titulares o aquellos a quienes se hubiese otorgado el disfrute de la titularidad. En caso de tratarse de personas jurídicas, responderán sus representantes legales.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).