Artículo 60 ter. Cargos por la utilización de medios de pago.
Redacción vigente desde el 29/03/2014
1. Los empresarios no podrán facturar a los consumidores y usuarios, por el uso de determinados medios de pago, cargos que superen el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios.
2. Corresponde al empresario probar el cumplimiento de las obligaciones a que este artículo se refiere.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.