Seguridad ciudadana y derecho de reunión
Cada enlace abre el texto vigente del artículo, tal y como lo publica el boletín oficial.
Según el artículo 1 de la Ley Orgánica 9/1983, el derecho de reunión pacífica y sin armas que se ejerce conforme a dicha ley es el reconocido en la Constitución en su:
Según el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983, cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de una manifestación, la comunicación a la autoridad gubernativa podrá hacerse con una antelación mínima de:
Según el artículo 4.3 de la Ley Orgánica 9/1983, los organizadores o promotores de una reunión no responderán subsidiariamente de los daños causados a terceros por los participantes cuando:
Practica las 38 preguntas de este tema con la solución razonada y el artículo de cada una.
Empezar gratisTexto legal: Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).