Derecho penal
Este tema reúne cuatro bloques del Código Penal: los delitos de odio y discriminación, los delitos contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y el respeto a los difuntos, los delitos de autoridades y funcionarios contra las garantías constitucionales y los delitos contra el orden público (atentado, resistencia, desobediencia y desórdenes). Para un policía local es un tema muy práctico: el atentado y la resistencia se cometen precisamente contra los agentes de la autoridad. Todo lo que sigue sale del texto vigente de los artículos cargados.
Se castigan con prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses [CP, art. 510.1]:
Se castigan con prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses [CP, art. 510.2]:
Si de ese modo se promueve o favorece un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación, la pena sube a uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses [CP, art. 510.2].
| Supuesto | Consecuencia | Artículo |
|---|---|---|
| Hechos cometidos a través de un medio de comunicación social, internet o tecnologías de la información, accesibles a un elevado número de personas | Pena en su mitad superior | [CP, art. 510.3] |
| Hechos idóneos para alterar la paz pública o crear grave sentimiento de inseguridad o temor en el grupo | Mitad superior, que puede elevarse a la superior en grado | [CP, art. 510.4] |
| En todos los casos | Inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la privación de libertad | [CP, art. 510.5] |
| Soportes del delito | Destrucción, borrado o inutilización; retirada de contenidos; bloqueo del portal si difunde exclusiva o preponderantemente esos contenidos | [CP, art. 510.6] |
| Persona jurídica responsable | Multa de dos a cinco años | [CP, art. 510 bis] |
| Sujeto activo | Conducta | Pena | Artículo |
|---|---|---|---|
| Particular encargado de un servicio público | Denegar a una persona una prestación a la que tenga derecho por motivos discriminatorios | Prisión de 6 meses a 2 años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 1 a 3 años | [CP, art. 511.1] |
| Mismos hechos contra una asociación, fundación, sociedad o corporación o sus miembros | Las mismas penas | [CP, art. 511.2] | |
| Funcionario público | Los mismos hechos | Las mismas penas en su mitad superior e inhabilitación especial de 2 a 4 años | [CP, art. 511.3] |
| Quien actúa en el ejercicio de actividades profesionales o empresariales | Denegar una prestación a la que la persona tenga derecho por motivos discriminatorios | Inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio y para profesión u oficio educativos de 1 a 4 años | [CP, art. 512] |
Ojo: el artículo 512 no prevé prisión, solo inhabilitación especial [CP, art. 512].
| Conducta | Pena | Artículo |
|---|---|---|
| Impedir con violencia, intimidación, fuerza u otro apremio ilegítimo a miembros de una confesión practicar los actos de sus creencias o asistir a ellos | Multa de 4 a 10 meses | [CP, art. 522] |
| Forzar por iguales medios a practicar actos de culto, a revelar si se profesa o no una religión, o a cambiar de religión | Multa de 4 a 10 meses | [CP, art. 522] |
| Impedir, interrumpir o perturbar con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho actos de confesiones religiosas inscritas | Prisión de 6 meses a 6 años si es en lugar destinado al culto; multa de 4 a 10 meses en cualquier otro lugar | [CP, art. 523] |
| Profanación en templo, lugar de culto o ceremonia religiosa, en ofensa de los sentimientos religiosos | Prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses | [CP, art. 524] |
| Escarnio público de dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejación pública de quienes los profesan, para ofender sus sentimientos | Multa de 8 a 12 meses | [CP, art. 525.1] |
| Escarnio público de quienes no profesan religión o creencia alguna | Las mismas penas | [CP, art. 525.2] |
| Faltar al respeto a la memoria de los muertos: violar sepulcros, profanar un cadáver o sus cenizas o dañar con ánimo de ultraje urnas, panteones, lápidas o nichos | Prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses | [CP, art. 526] |
Claves: el artículo 523 solo protege a las confesiones inscritas en el registro público y su pena depende del lugar [CP, art. 523]; el escarnio exige publicidad y la finalidad de ofender [CP, art. 525.1].
Varios de estos delitos exigen que la autoridad o funcionario actúe «mediando causa por delito» pero con violación de las garantías constitucionales o legales [CP, art. 530] [CP, art. 531] [CP, art. 534.1] [CP, art. 535] [CP, art. 536].
| Conducta | Pena | Artículo |
|---|---|---|
| Juez o magistrado que entrega una causa criminal a otra autoridad que ilegalmente se la reclame | Inhabilitación especial de 6 meses a 2 años; superior en grado si entrega además al detenido | [CP, art. 529] |
| Acordar, practicar o prolongar una privación de libertad de detenido, preso o sentenciado con violación de plazos o garantías | Inhabilitación especial de 4 a 8 años | [CP, art. 530] |
| Decretar, practicar o prolongar la incomunicación de detenido, preso o sentenciado con violación de plazos o garantías | Inhabilitación especial de 2 a 6 años | [CP, art. 531] |
| Hechos de los arts. 530 y 531 por imprudencia grave | Suspensión de empleo o cargo de 6 meses a 2 años | [CP, art. 532] |
| Funcionario penitenciario o de centros de menores que impone sanciones o privaciones indebidas o usa rigor innecesario | Inhabilitación especial de 2 a 6 años | [CP, art. 533] |
| Entrar en un domicilio sin consentimiento del morador o registrar papeles sin consentimiento, sin respetar las garantías | Multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial de 2 a 6 años | [CP, art. 534.1] |
| No devolver inmediatamente después del registro los papeles o efectos | Inhabilitación especial de 6 a 12 años y multa de 12 a 24 meses | [CP, art. 534.1] |
| Vejación injusta o daño innecesario en un registro lícito | Penas de esos hechos en su mitad superior e inhabilitación especial de |
Para el trabajo policial importan sobre todo los artículos 530, 531, 534 y 537: plazos de la detención, incomunicación, entrada y registro y derechos del detenido [CP, art. 530] [CP, art. 531] [CP, art. 534.1] [CP, art. 537].
Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas [CP, art. 550.1]. En todo caso son atentado los actos contra los funcionarios docentes o sanitarios en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas [CP, art. 550.1].
| Sujeto pasivo | Pena | Artículo |
|---|---|---|
| Autoridad | Prisión de 1 a 4 años y multa de 3 a 6 meses | [CP, art. 550.2] |
| Demás casos (agentes y funcionarios) | Prisión de 6 meses a 3 años | [CP, art. 550.2] |
| Miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno autonómicos, del Congreso, del Senado, de las Asambleas autonómicas, de las Corporaciones locales, del CGPJ, magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o fiscal | Prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses | [CP, art. 550.3] |
Atentado agravado (pena superior en grado) [CP, art. 551]:
Extensión de la protección. Las penas de los artículos 550 y 551 se aplican también a los ataques contra [CP, art. 554]:
La provocación, la conspiración y la proposición se castigan con la pena inferior en uno o dos grados [CP, art. 553].
| Conducta | Pena | Artículo |
|---|---|---|
| Resistir o desobedecer gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada identificado y en cooperación con las FCS, sin estar comprendido en el artículo 550 | Prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses | [CP, art. 556.1] |
| Faltar al respeto y consideración debida a la autoridad en el ejercicio de sus funciones | Multa de 1 a 3 meses | [CP, art. 556.2] |
La frontera es la gravedad y el medio: la resistencia grave con intimidación grave o violencia es atentado [CP, art. 550.1]; la resistencia o desobediencia grave sin esos requisitos va al artículo 556 [CP, art. 556.1]. La falta de respeto del 556.2 se refiere solo a la autoridad [CP, art. 556.2].
| Conducta | Pena | Artículo |
|---|---|---|
| Actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecutar actos de violencia o intimidación sobre personas o cosas, obstaculizando vías públicas con peligro o invadiendo instalaciones y alterando gravemente servicios esenciales | Prisión de 6 meses a 3 años | [CP, art. 557.1] |
| Lo anterior cometido por una multitud idónea para afectar gravemente el orden público | Prisión de 3 a 5 años e inhabilitación especial por el mismo tiempo (absoluta de 6 a 8 años si los autores son autoridad) | [CP, art. 557.2] |
| Provocar en lugar concurrido avalancha o estampida con peligro para la vida o la salud | Prisión de 6 meses a 2 años | [CP, art. 557.5] |
| Invadir u ocupar en grupo, contra la voluntad del titular, el domicilio de una persona jurídica, despacho, oficina o local, con perturbación relevante de la paz pública | Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses | [CP, art. 557 bis] |
| Perturbar gravemente el orden en la audiencia de un tribunal, actos públicos de autoridad, colegio electoral, centro docente o espectáculos deportivos o culturales | Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses | [CP, art. 558] |
| Dañar líneas de telecomunicaciones, vías férreas o conducciones de agua, gas o electricidad | Prisión de 1 a 5 años | [CP, art. 560] |
| Falsa alarma: simular un peligro o siniestro y provocar la movilización de policía, asistencia o salvamento | Prisión de 3 meses y 1 día a 1 año o multa de 3 a 18 meses | [CP, art. 561] |
En el artículo 557, la pena va en su mitad superior si se portan instrumentos peligrosos o hay pillaje, y en un grado superior si se portan armas de fuego [CP, art. 557.3]. Estas penas se imponen sin perjuicio de las que correspondan por lesiones, amenazas, coacciones o daños concretos [CP, art. 557.6].
Según los exámenes oficiales cargados, este tema aporta una media esperada de 2,4 preguntas por examen (intervalo de 1,6 a 3,3), con tendencia estable. Los artículos más preguntados:
Cada enlace abre el texto vigente del artículo, tal y como lo publica el boletín oficial.
La autoridad o funcionario público, que, mediando causa por delito y sin respetar las garantías constitucionales legales, entre en un domicilio sin consentimiento del morador será castigado, con pena de:
Según el artículo 510 del Código Penal cometerán un delito de odio quienes:
De acuerdo con el artículo 554.2 del Código Penal, a quienes acometan, empleen violencia o intimiden a las personas que acudan en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios se les impondrán:
Practica las 161 preguntas de este tema con la solución razonada y el artículo de cada una.
Empezar gratisTexto legal: Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
| [CP, art. 534.2] |
| Interceptar correspondencia privada | Inhabilitación especial de 2 a 6 años; si la divulga, en su mitad superior y multa de 6 a 18 meses | [CP, art. 535] |
| Interceptar telecomunicaciones o usar artificios de escucha o grabación (también el agente) | Inhabilitación especial de 2 a 6 años; si la divulga, igual agravación | [CP, art. 536] |
| Impedir u obstaculizar la asistencia de abogado al detenido, favorecer su renuncia o no informarle inmediatamente de sus derechos y de las razones de la detención | Multa de 4 a 10 meses e inhabilitación especial de 2 a 4 años | [CP, art. 537] |
| Establecer la censura previa o recoger ediciones o suspender publicaciones fuera de los casos permitidos | Inhabilitación absoluta de 6 a 10 años | [CP, art. 538] |
| Disolver o suspender una asociación sin resolución judicial, o impedir sin causa sus sesiones | Inhabilitación especial de 8 a 12 años y multa de 6 a 12 meses | [CP, art. 539] |
| Prohibir o disolver una reunión pacífica fuera de los casos permitidos | Inhabilitación especial de 4 a 8 años y multa de 6 a 9 meses | [CP, art. 540] |
| Expropiar bienes fuera de los casos permitidos | Inhabilitación especial de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses | [CP, art. 541] |
| Impedir a sabiendas el ejercicio de otros derechos cívicos | Inhabilitación especial de 1 a 4 años | [CP, art. 542] |