Procedimiento administrativo
El procedimiento administrativo común y los actos administrativos se regulan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta ley regula los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común (incluidos el sancionador y el de responsabilidad patrimonial) y los principios de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria [L39-2015, art. 1.1]. Se aplica al sector público: la Administración General del Estado, las de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional [L39-2015, art. 2.1].
Tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas [L39-2015, art. 3]:
| Letra | Quiénes |
|---|---|
| a) | Las personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar según las normas civiles |
| b) | Los menores de edad, para los derechos e intereses cuya actuación permita el ordenamiento sin la asistencia de quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela (salvo los menores incapacitados, cuando la incapacitación afecte a esos derechos) |
| c) | Cuando la Ley lo declare expresamente: los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos |
Son interesados [L39-2015, art. 4.1]:
| Letra | Quiénes | Requisito |
|---|---|---|
| a) | Quienes promuevan el procedimiento | Como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos |
| b) | Quienes, sin haberlo iniciado, tengan derechos que puedan resultar afectados | No necesitan personarse |
| c) | Quienes tengan intereses legítimos que puedan resultar afectados | Deben personarse mientras no haya recaído resolución definitiva |
Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales son titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca [L39-2015, art. 4.2]. Si la condición de interesado deriva de una relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucede en ella cualquiera que sea el estado del procedimiento [L39-2015, art. 4.3].
Las personas físicas pueden elegir si se comunican por medios electrónicos, salvo que estén obligadas [L39-2015, art. 14.1]. Están obligados, al menos, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, los profesionales con colegiación obligatoria, quienes representen a un obligado y los empleados públicos por razón de su condición [L39-2015, art. 14.2].
Los interesados tienen, entre otros, derecho a conocer en cualquier momento el estado de la tramitación, a no presentar documentos originales salvo excepción y a formular alegaciones en cualquier fase anterior al trámite de audiencia [L39-2015, art. 53.1]. En los procedimientos sancionadores, el presunto responsable tiene derecho a la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario [L39-2015, art. 53.2].
El plazo puede suspenderse, entre otros casos, al pedir informes preceptivos, sin que esa suspensión pueda exceder de tres meses [L39-2015, art. 22.1.d)].
Procedimientos a solicitud del interesado. Regla general: silencio estimatorio, salvo que una norma con rango de ley, de Derecho de la UE o de Derecho internacional diga lo contrario [L39-2015, art. 24.1]. Es desestimatorio en: derecho de petición (art. 29 CE); transferencia de facultades sobre dominio público o servicio público; actividades que puedan dañar el medio ambiente; responsabilidad patrimonial; impugnación de actos y disposiciones; y revisión de oficio a solicitud del interesado [L39-2015, art. 24.1]. Excepción: si se interpuso alzada contra una desestimación por silencio y no se resuelve, el recurso se entiende estimado, salvo en esas materias [L39-2015, art. 24.1].
La estimación por silencio es un acto administrativo finalizador; la desestimación solo permite recurrir [L39-2015, art. 24.2]. Tras el silencio positivo, la resolución expresa solo puede ser confirmatoria; tras el negativo, se dicta sin vinculación al sentido del silencio [L39-2015, art. 24.3]. El certificado de silencio se expide de oficio en quince días desde que expire el plazo [L39-2015, art. 24.4].
Procedimientos de oficio. Si pueden reconocer derechos, los interesados pueden entender desestimadas sus pretensiones; si son sancionadores o de gravamen, se produce la caducidad [L39-2015, art. 25.1]. Si se paraliza por causa del interesado, se interrumpe el cómputo [L39-2015, art. 25.2].
Los plazos obligan a las autoridades y personal de las Administraciones y a los interesados [L39-2015, art. 29].
| Regla | Contenido | Artículo |
|---|---|---|
| Plazos por horas | Son hábiles; de hora en hora y de minuto en minuto; máximo veinticuatro horas (si no, se expresan en días) | [L39-2015, art. 30.1] |
| Plazos por días | Hábiles: se excluyen sábados, domingos y festivos | [L39-2015, art. 30.2] |
| Inicio del cómputo en días | Desde el día siguiente a la notificación o publicación, o al silencio | [L39-2015, art. 30.3] |
| Plazos en meses o años | Desde el día siguiente; concluyen el mismo día en el mes o año de vencimiento; si no hay día equivalente, el último día del mes | [L39-2015, art. 30.4] |
| Último día inhábil | Se prorroga al primer día hábil siguiente | [L39-2015, art. 30.5] |
| Hábil en un sitio e inhábil en otro | Se considera inhábil en todo caso | [L39-2015, art. 30.6] |
| Registro electrónico | Abierto todos los días del año durante las veinticuatro horas; lo presentado en día inhábil se entiende en la primera hora del primer día hábil siguiente | [L39-2015, art. 31.2] |
| Ampliación | Hasta la mitad del plazo; antes de su vencimiento; nunca de un plazo vencido; sin recurso | [L39-2015, art. 32.1] [L39-2015, art. 32.3] |
| Urgencia | Plazos a la mitad, salvo los de presentación de solicitudes y recursos; sin recurso | [L39-2015, art. 33] |
Los procedimientos se inician de oficio o a solicitud del interesado [L39-2015, art. 54]. Antes de iniciarlo, en urgencia inaplazable, pueden adoptarse medidas provisionales, que deben confirmarse, modificarse o levantarse en el acuerdo de iniciación dentro de los quince días siguientes [L39-2015, art. 56.2].
La solicitud debe contener el nombre del interesado, el medio de notificación, los hechos, razones y petición, lugar y fecha, firma y órgano destinatario [L39-2015, art. 66.1]. Si no reúne los requisitos, se requiere al interesado para que subsane en diez días, con advertencia de que, si no lo hace, se le tendrá por desistido, previa resolución [L39-2015, art. 68.1]. Ese plazo puede ampliarse hasta cinco días, salvo en procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva [L39-2015, art. 68.2].
La declaración responsable y la comunicación permiten ejercer el derecho o iniciar la actividad desde el día de su presentación, sin perjuicio de la comprobación posterior [L39-2015, art. 69.3].
El procedimiento se impulsa de oficio y se guarda el orden riguroso de incoación en asuntos homogéneos, salvo orden motivada [L39-2015, art. 71]. Los trámites a cargo del interesado se cumplen en diez días, salvo plazo distinto [L39-2015, art. 73.1]; si no, puede declarársele decaído en su derecho, aunque se admite su actuación si se produce antes o dentro del día en que se notifique esa resolución [L39-2015, art. 73.3].
| Trámite | Plazo | Artículo |
|---|---|---|
| Alegaciones | En cualquier momento anterior al trámite de audiencia | [L39-2015, art. 76.1] |
| Período de prueba | No superior a treinta días ni inferior a diez; extraordinario: no superior a diez | [L39-2015, art. 77.2] |
| Informes | Facultativos y no vinculantes salvo disposición; plazo de diez días | [L39-2015, art. 80.1] [L39-2015, art. 80.2] |
| Audiencia | No inferior a diez días ni superior a quince | [L39-2015, art. 82.2] |
| Información pública | No inferior a veinte días | [L39-2015, art. 83.2] |
Los documentos de funcionarios con condición de autoridad hacen prueba de los hechos constatados, salvo que se acredite lo contrario [L39-2015, art. 77.5]. Puede prescindirse de la audiencia si solo se tienen en cuenta los hechos y alegaciones del interesado [L39-2015, art. 82.4]. Comparecer en la información pública no otorga por sí misma la condición de interesado [L39-2015, art. 83.3].
Ponen fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia (si no está prohibida) y la caducidad [L39-2015, art. 84.1], además de la imposibilidad material sobrevenida [L39-2015, art. 84.2]. Si se inició a solicitud, la resolución no puede agravar la situación inicial del interesado [L39-2015, art. 88.2]. La Administración no puede abstenerse de resolver por silencio, oscuridad o insuficiencia de los preceptos [L39-2015, art. 88.5].
Los actos son inmediatamente ejecutivos, salvo suspensión, resolución sancionadora aún recurrible en vía administrativa, disposición en contrario o necesidad de aprobación superior [L39-2015, art. 98.1]. La ejecución forzosa respeta el principio de proporcionalidad y usa estos medios: apremio sobre el patrimonio, ejecución subsidiaria, multa coercitiva y compulsión sobre las personas; si caben varios, se elige el menos restrictivo de la libertad individual [L39-2015, art. 100]. Para entrar en el domicilio hace falta el consentimiento del titular o autorización judicial [L39-2015, art. 100.3].
Los actos los dicta el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento; su contenido será determinado y adecuado a sus fines [L39-2015, art. 34]. Deben motivarse, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, entre otros, los que limiten derechos o intereses legítimos, los que resuelvan recursos, los de medidas provisionales, los que rechacen pruebas y los dictados en ejercicio de potestades discrecionales [L39-2015, art. 35.1]. Se producen por escrito a través de medios electrónicos, salvo que su naturaleza exija otra forma [L39-2015, art. 36.1].
Las resoluciones particulares no pueden vulnerar una disposición general, aunque procedan de un órgano de igual o superior jerarquía (inderogabilidad singular) [L39-2015, art. 37.1].
Los actos son ejecutivos [L39-2015, art. 38], se presumen válidos y producen efectos desde que se dictan, salvo que dispongan otra cosa [L39-2015, art. 39.1]. Excepcionalmente cabe eficacia retroactiva si sustituyen actos anulados o producen efectos favorables, sin lesionar derechos de terceros [L39-2015, art. 39.3].
Son nulos de pleno derecho los actos [L39-2015, art. 47.1]:
| Letra | Causa |
|---|---|
| a) | Que lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional |
| b) | Dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio |
| c) | De contenido imposible |
| d) | Constitutivos de infracción penal o dictados como consecuencia de ésta |
| e) | Dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento, o de las reglas esenciales de formación de voluntad de órganos colegiados |
| f) | Expresos o presuntos por los que se adquieren facultades o derechos careciendo de los requisitos esenciales |
| g) | Cualquier otro previsto expresamente en una disposición con rango de Ley |
También son nulas las disposiciones que vulneren la Constitución, las leyes o disposiciones de rango superior, regulen materias reservadas a la Ley o establezcan retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables [L39-2015, art. 47.2].
Anulabilidad: cualquier infracción del ordenamiento, incluso la desviación de poder [L39-2015, art. 48.1]. El defecto de forma solo anula si falta un requisito indispensable o produce indefensión [L39-2015, art. 48.2]; la actuación fuera de plazo, solo si lo impone la naturaleza del plazo [L39-2015, art. 48.3].
La invalidez no se extiende a los actos independientes [L39-2015, art. 49.1]; los actos viciados que contengan los elementos de otro producen los efectos de éste (conversión) [L39-2015, art. 50]; y los actos anulables pueden convalidarse [L39-2015, art. 52.1].
| Figura | Objeto | Requisitos y plazos | Artículo |
|---|---|---|---|
| Revisión de actos nulos | Actos que pusieron fin a la vía administrativa o no recurridos en plazo, por causas del art. 47.1 | En cualquier momento; dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo autonómico; caducidad a los seis meses si se inició de oficio | [L39-2015, art. 106.1] [L39-2015, art. 106.5] |
| Declaración de lesividad | Actos favorables anulables | Hasta cuatro años desde que se dictó; audiencia previa; caducidad a los seis meses; luego se impugna ante lo contencioso | [L39-2015, art. 107.1] [L39-2015, art. 107.2] [L39-2015, art. 107.3] |
| Revocación | Actos de gravamen o desfavorables | Mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción | [L39-2015, art. 109.1] |
| Rectificación de errores | Errores materiales, de hecho o aritméticos | En cualquier momento | [L39-2015, art. 109.2] |
En la Administración Local, la lesividad la declara el Pleno o, en su defecto, el órgano colegiado superior [L39-2015, art. 107.5]. Iniciada la revisión, puede suspenderse la ejecución si causaría perjuicios de imposible o difícil reparación [L39-2015, art. 108]. La revisión no cabe cuando resulte contraria a la equidad, la buena fe, el derecho de los particulares o las leyes [L39-2015, art. 110].
Caben contra las resoluciones y contra los actos de trámite cualificados (deciden el fondo, impiden continuar, producen indefensión o perjuicio irreparable) [L39-2015, art. 112.1]. Contra las disposiciones generales no cabe recurso en vía administrativa [L39-2015, art. 112.3]. Interponer un recurso no suspende la ejecución, salvo disposición en contrario [L39-2015, art. 117.1]; si se pide la suspensión y no se resuelve en un mes, se entiende suspendida [L39-2015, art. 117.3]. La resolución del recurso no puede agravar la situación inicial del recurrente [L39-2015, art. 119.3].
| Recurso | Contra qué | Ante quién | Plazo para recurrir | Plazo para resolver | Artículo |
|---|---|---|---|---|---|
| Alzada | Actos que no ponen fin a la vía administrativa | Superior jerárquico (puede presentarse ante quien dictó el acto, que lo remite en diez días) | Un mes si el acto es expreso; si no, en cualquier momento desde el día siguiente al silencio | Tres meses | [L39-2015, art. 121] [L39-2015, art. 122] |
| Reposición (potestativo) | Actos que sí ponen fin a la vía administrativa | El mismo órgano que dictó el acto | Un mes si es expreso; si no, en cualquier momento | Un mes | [L39-2015, art. 123.1] [L39-2015, art. 124] |
| Extraordinario de revisión | Actos firmes en vía administrativa | El órgano que los dictó | Cuatro años (error de hecho); tres meses en los demás casos | Tres meses | [L39-2015, art. 125] [L39-2015, art. 126.3] |
Ponen fin a la vía administrativa, entre otras, las resoluciones de los recursos de alzada, las de órganos sin superior jerárquico y las de responsabilidad patrimonial [L39-2015, art. 114.1]. Contra la resolución de una alzada solo cabe el extraordinario de revisión [L39-2015, art. 122.3]; contra la de una reposición no puede interponerse de nuevo reposición [L39-2015, art. 124.3].
Causas del extraordinario de revisión: error de hecho que resulte de los documentos del expediente; documentos esenciales que evidencien el error; documentos o testimonios declarados falsos por sentencia firme; y prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible declarada por sentencia firme [L39-2015, art. 125.1].
Los artículos con más convocatorias en el fichero son los de cómputo de plazos y nulidad de pleno derecho [L39-2015, art. 30; L39-2015, art. 47]:
| Artículo | Convocatorias | Preguntas |
|---|---|---|
| Art. 30 (cómputo de plazos) | 19 | 22 |
| Art. 47 (nulidad de pleno derecho) | 17 | 20 |
| Art. 40 (notificación) | 16 | 20 |
| Art. 122 (plazos de la alzada) | 14 | 16 |
| Art. 41 (condiciones de las notificaciones) | 13 | 20 |
| Art. 125 (extraordinario de revisión) | 12 | 13 |
| Art. 42 y 43 (notificación en papel y electrónica) | 11 | 13 y 12 |
| Art. 4 (concepto de interesado) | 10 | 10 |
| Art. 124 (plazos de la reposición) | 9 | 12 |
Cada enlace abre el texto vigente del artículo, tal y como lo publica el boletín oficial.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el procedimiento está sometido al principio de celeridad y se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos. ¿Que principios deberán respetarse?
Una vez abierto el trámite de audiencia, los interesados podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinente, según se dispone en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un plazo:
Según el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Señale la respuesta correcta.
Practica las 641 preguntas de este tema con la solución razonada y el artículo de cada una.
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