Ciencias sociales, igualdad y deontología
El fichero de este tema contiene cuatro artículos: tres de la Constitución Española (CE) —el artículo 1, sobre el Estado social y democrático de Derecho y sus valores superiores [CE, art. 1.1]; el artículo 10, sobre la dignidad de la persona [CE, art. 10.1]; y el artículo 104, sobre la misión de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad [CE, art. 104.1]— y el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LO2-1986), que enumera los principios básicos de actuación de sus miembros [LO2-1986, art. 5]. Como el rango es tan corto, el resumen recoge todo lo que dicen esos cuatro artículos y nada más; lo que el título pide y no está en ellos se indica en cada apartado y en la lista de huecos [CE, art. 1].
El artículo 1 de la Constitución describe el Estado dentro del cual actúan las Fuerzas y Cuerpos de seguridad [CE, art. 1]:
Para el examen conviene memorizar a qué apartado corresponde cada idea: el 1.1 trae la fórmula del Estado y los valores superiores, el 1.2 la soberanía y el 1.3 la forma política [CE, art. 1].
La Constitución coloca a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad bajo la dependencia del Gobierno [CE, art. 104.1]. Su tarea no se define por sí misma, sino en relación con los ciudadanos: proteger el libre ejercicio de sus derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana [CE, art. 104.1]. El fichero no contiene ningún artículo que defina qué es la «sociedad democrática» ni que describa el papel de la policía en ella con otras palabras; por eso este apartado se limita a enlazar los artículos 1 y 104 [CE, art. 104].
El artículo 104 tiene dos apartados, y los dos se preguntan mucho [CE, art. 104].
| Apartado | Qué dice | Palabras clave |
|---|---|---|
| 104.1 | Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana | Dependencia: Gobierno. Misión doble: derechos y libertades + seguridad ciudadana |
| 104.2 | Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad | Tres materias para la ley orgánica: funciones, principios básicos de actuación y estatutos |
La tabla sale íntegra del artículo 104 de la Constitución [CE, art. 104].
Puntos que conviene fijar del artículo 104 [CE, art. 104]:
La expresión «principios básicos de actuación» que emplea el artículo 104.2 es la misma con la que abre su lista el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986: «Son principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los siguientes» [LO2-1986, art. 5]. Esos principios se resumen en el apartado 5 de este tema [LO2-1986, art. 5].
El Estado social y democrático de Derecho propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico cuatro, y solo cuatro [CE, art. 1.1]:
Ojo con la lista: la seguridad no figura entre los valores superiores del artículo 1.1, y el pluralismo que se menciona es el pluralismo político [CE, art. 1.1]. Tampoco la dignidad de la persona está en esa lista: la Constitución la trata en otro artículo y con otra función, como fundamento del orden político y de la paz social [CE, art. 10.1].
El artículo 10.1 enumera cinco elementos que son fundamento del orden político y de la paz social [CE, art. 10.1]:
Distingue bien las dos fórmulas: lo que el artículo 1.1 llama «valores superiores» (libertad, justicia, igualdad, pluralismo político) y lo que el artículo 10.1 llama «fundamento del orden político y de la paz social» (dignidad, derechos inviolables, libre desarrollo de la personalidad, respeto a la ley y a los derechos de los demás) [CE, art. 1.1] [CE, art. 10.1].
Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con [CE, art. 10.2]:
La Ley Orgánica 2/1986 recoge la dignidad en dos de sus principios básicos de actuación [LO2-1986, art. 5]:
Ningún artículo del fichero usa las palabras «prevención», «represión» o «ética». Lo que sí contiene es la lista de principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, agrupados en seis apartados, que se resumen aquí tal como los formula la ley [LO2-1986, art. 5].
| Apartado | Principio |
|---|---|
| 5.1 | Adecuación al ordenamiento jurídico |
| 5.2 | Relaciones con la comunidad |
| 5.3 | Tratamiento de detenidos |
| 5.4 | Dedicación profesional |
| 5.5 | Secreto profesional |
| 5.6 | Responsabilidad |
La tabla reproduce los epígrafes del artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986 [LO2-1986, art. 5].
Deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana [LO2-1986, art. 5.4].
Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional llevaren a cabo infringiendo o vulnerando las normas legales, las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enunciados anteriormente, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que pueda corresponder a las Administraciones Públicas por las mismas [LO2-1986, art. 5.6].
Cada enlace abre el texto vigente del artículo, tal y como lo publica el boletín oficial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ¿Cómo deben actuar los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante la ciudadanía?
El Concejal que tiene delegadas las competencias en tráfico y seguridad ciudadana ordena al cuerpo de la policía local que no se tramiten determinadas multas de tráfico, en base al principio de eficiencia, al entender que son poco relevantes y hay que centrar los esfuerzos en la disciplina urbanística. En consecuencia, los miembros del cuerpo deben:
En qué artículo de la Constitución se regulan los fundamentos del orden político:
Practica las 108 preguntas de este tema con la solución razonada y el artículo de cada una.
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