Derecho penal y proceso penal
El tema se estudia con los artículos 379 a 385 ter del Código Penal (CP), que forman el capítulo de los delitos contra la seguridad vial dentro de los delitos contra la seguridad colectiva. Son diez artículos breves y se resumen todos; por eso el resumen es más corto que el de otros temas. Casi todos los delitos llevan aparejada la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores [CP, art. 379.1].
Comete delito quien conduce un vehículo de motor o un ciclomotor a una velocidad que supere la permitida reglamentariamente [CP, art. 379.1]:
Tiene las mismas penas quien conduce un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas [CP, art. 379.2]. Además, será condenado en todo caso quien conduzca con una tasa de alcohol [CP, art. 379.2]:
Las penas son las mismas para la velocidad y para el alcohol o las drogas: una de estas tres, a elección del juez, y en cualquier caso la privación del derecho a conducir [CP, art. 379.1] [CP, art. 379.2]:
| Pena | Duración |
|---|---|
| Prisión | 3 a 6 meses |
| Multa | 6 a 12 meses |
| Trabajos en beneficio de la comunidad | 31 a 90 días |
| Privación del derecho a conducir (en cualquier caso) | Más de 1 año y hasta 4 años |
Quien conduce un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pone en concreto peligro la vida o la integridad de las personas es castigado con prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta seis años [CP, art. 380.1]. Hacen falta las dos cosas: temeridad manifiesta y peligro concreto para la vida o la integridad [CP, art. 380.1].
Se reputa manifiestamente temeraria la conducción en la que concurran a la vez las circunstancias del apartado primero del artículo 379 (exceso de velocidad) y del inciso segundo de su apartado segundo (las tasas de alcohol que se castigan en todo caso) [CP, art. 380.2] [CP, art. 379.2].
Si la conducción temeraria del artículo 380 se realiza con manifiesto desprecio por la vida de los demás, las penas suben [CP, art. 381]:
| Supuesto | Prisión | Multa | Privación del derecho a conducir |
|---|---|---|---|
| Con peligro concreto para la vida o integridad (381.1) | 2 a 5 años | 12 a 24 meses | 6 a 10 años |
| Sin peligro concreto para la vida o integridad (381.2) | 1 a 2 años | 6 a 12 meses | 6 a 10 años |
En el apartado 2 la privación del derecho a conducir es la misma que en el apartado 1, porque se remite al «tiempo previsto en el párrafo anterior» [CP, art. 381.2].
Cuando con los actos de los artículos 379, 380 y 381 se ocasiona, además del riesgo, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad [CP, art. 382]:
Si el resultado lesivo concurre con un delito del artículo 381, se impondrá en todo caso «la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores prevista en este precepto en su mitad superior» [CP, art. 382].
Es autor de un delito de abandono del lugar del accidente el conductor de un vehículo a motor o ciclomotor que, voluntariamente y sin que concurra riesgo propio o de terceros, abandona el lugar de los hechos tras causar un accidente en el que fallecen una o varias personas o se les causa alguna de las lesiones de los artículos 147.1, 149 y 150 [CP, art. 382 bis.1]. El propio artículo se aplica fuera de los casos contemplados en el artículo 195, de modo que no entra cuando el hecho está comprendido en ese otro precepto [CP, art. 382 bis.1].
La pena depende del origen de los hechos [CP, art. 382 bis]:
| Origen del accidente | Prisión | Privación del derecho a conducir |
|---|---|---|
| Acción imprudente del conductor (382 bis.2) | 6 meses a 4 años | 1 a 4 años |
| Origen fortuito (382 bis.3) | 3 a 6 meses | 6 meses a 2 años |
El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se niega a someterse a las pruebas legalmente establecidas para comprobar las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, es castigado con [CP, art. 383]:
Se castiga con prisión de tres a seis meses, o multa de doce a veinticuatro meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, a quien conduce un vehículo de motor o ciclomotor en cualquiera de estos tres casos [CP, art. 384]:
Las tres conductas tienen la misma pena [CP, art. 384]. A diferencia del artículo 379, este artículo no incluye la privación del derecho a conducir entre sus penas, y su multa es de doce a veinticuatro meses, no de seis a doce [CP, art. 384] [CP, art. 379.1].
Quien origina un grave riesgo para la circulación es castigado con prisión de seis meses a dos años, o con multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días, si lo hace de alguna de estas formas [CP, art. 385]:
Penas de los delitos del capítulo (TBC: trabajos en beneficio de la comunidad), según los artículos citados en cada fila [CP, art. 379.1] [CP, art. 380.1] [CP, art. 381.1] [CP, art. 382 bis.2] [CP, art. 383] [CP, art. 384] [CP, art. 385]:
| Delito | Prisión | Alternativas | Privación del derecho a conducir |
|---|---|---|---|
| Velocidad, alcohol o drogas (379) | 3 a 6 meses | Multa de 6 a 12 meses o TBC de 31 a 90 días | Más de 1 y hasta 4 años |
| Temeridad manifiesta con peligro concreto (380) | 6 meses a 2 años | — | Más de 1 y hasta 6 años |
| Desprecio por la vida, con peligro concreto (381.1) | 2 a 5 años, más multa de 12 a 24 meses | — | 6 a 10 años |
| Abandono del lugar, origen imprudente (382 bis.2) | 6 meses a 4 años | — | 1 a 4 años |
| Negativa a las pruebas (383) | 6 meses a 1 año | — | Más de 1 y hasta 4 años |
| Conducción sin permiso (384) | 3 a 6 meses | Multa de 12 a 24 meses o TBC de 31 a 90 días | — |
| Grave riesgo para la circulación (385) | 6 meses a 2 años | Multa de 12 a 24 meses y TBC de 10 a 40 días | — |
Cada enlace abre el texto vigente del artículo, tal y como lo publica el boletín oficial.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción será castigado con la pena de:
El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los delitos contra la seguridad vial, ¿podrá ser considerado instrumento del delito?
En qué artículo del Código Penal, dentro de los delitos contra la seguridad vial, se regula la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia:
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