La segunda actividad es una situación administrativa que permite garantizar que los servicios de Policía Local se desarrollan sólo por funcionarios que, con una adecuada aptitud psicofísica, se encuentren en situación de servicio activo.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta