Artículo 29. Información del horario de apertura y cierre del establecimiento público.
Redacción vigente desde el 31/10/2026
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 se prohíbe expresamente publicitar o exponer carteles informativos sobre el horario de apertura y cierre del establecimiento público que sean inexactos o no informen fehacientemente del mismo, en especial se prohíben expresiones como «abierto desde …horas, hasta cierre», o similares.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta