El presente Decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a excepción de la exigencia del requisito de la superación del curso específico sobre adiestramiento básico de perros potencialmente peligrosos previsto en el artículo 4.2.e) para la obtención de la licencia, que lo hará a los dos años de su publicación.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta