Artículo 419. Régimen general del hábitat troglodítico.
Redacción vigente desde el 22/12/2022
1. En este título se regula el régimen urbanístico de aplicación a los ámbitos de hábitat troglodítico, estableciendo reglas particulares que permiten reconocer este tipo de asentamientos tradicionales en los instrumentos de ordenación territorial y urbanística y establecer las actuaciones necesarias para su conservación y mejora.
2. En lo no dispuesto en este título serán de aplicación las disposiciones generales de la Ley y el Reglamento, así como lo dispuesto en las ordenanzas municipales que se dicten en su desarrollo.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.