Disposición transitoria undécima. Entrada en funcionamiento del registro de entidades urbanísticas certificadoras de Andalucía.
Redacción vigente desde el 22/12/2022
El Registro de Entidades Urbanísticas Certificadoras de Andalucía previsto en el artículo 16 entrará en funcionamiento en un plazo no superior a nueve meses desde la entrada en vigor de este Reglamento.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.