El Instituto de Emergencias y de Seguridad Pública de Andalucía o, en su caso, la correspondiente escuela acreditada o escuela municipal de la Policía Local enviarán al ayuntamiento un informe sobre los conocimientos, capacidades y aptitudes adquiridos por la persona aspirante, así como sobre su actitud, para su valoración en la resolución definitiva de las convocatorias. El órgano de selección hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en la primera parte del proceso selectivo y el respectivo curso, fijando el orden de prelación definitivo, elevando la propuesta final al órgano competente del ayuntamiento, para su nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en la correspondiente categoría, una vez superadas, en su caso, las prácticas en plantilla.
Texto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (datos abiertos, CC BY 4.0); no recoge modificaciones posteriores. Ver en el BOJA