Las armas de fuego reglamentarias de la Policía Local serán las clasificadas en el Reglamento de Armas como de primera categoría y, dentro de éstas, la pistola del calibre 9 milímetros «parabellum».
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta