Artículo 5. Autorización para la creación de la de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
Redacción vigente desde el 11/04/2023
Se autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, conforme al artículo 56.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, como agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la misma Ley.
Texto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (datos abiertos, CC BY 4.0); no recoge modificaciones posteriores. Ver en el BOJA