Se consideran ventas de saldos aquellas que tienen por objeto productos cuyo valor de mercado se encuentra manifiestamente disminuido como consecuencia de su deterioro, desperfecto, pérdida de actualidad o cualesquiera otras circunstancias, que afecten a su naturaleza o a su utilidad.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta