Uno. La Junta General aprueba su Presupuesto y el estatuto de su personal, y establece su propio Reglamento, en el que se contendrá, además, el estatuto de sus miembros. La aprobación del Reglamento y su reforma precisarán el voto favorable de la mayoría absoluta.
Dos. La Junta, en su primera sesión, elige su Presidente y demás componentes de la Mesa, que no podrán ser en ningún caso miembros del Consejo de Gobierno ni Presidente del mismo.
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