Artículo 96. Competencias de desarrollo legislativo y de ejecución.
Redacción vigente desde el 06/11/2018
1. En las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado.
2. En el ejercicio de estas competencias, la Comunidad Autónoma de Canarias puede establecer políticas propias, de acuerdo con los principios y derechos previstos en el presente Estatuto.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).