Se regulan necesariamente, mediante ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, las siguientes materias:
a) El establecimiento, la modificación y supresión de los propios impuestos, tasas y contribuciones especiales y de las exenciones o bonificaciones que les afecten.
b) El establecimiento, la modificación y supresión de los recargos sobre los impuestos del Estado.
c) La emisión de Deuda Pública y demás operaciones de crédito concertadas por la Comunidad Autónoma.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.