El Alcalde de los municipios que funcionen en régimen de Concejo Abierto podrá ser destituido mediante moción de censura aprobada por los miembros de la Asamblea Vecinal, de acuerdo con los requisitos y el procedimiento previsto en el artículo 64 de esta Ley para la destitución del Alcalde pedáneo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).