Previo los estudios correspondientes y con audiencia de las entidades locales o instituciones interesadas, se elaborarán por la Consejería competente en materia de Administración Local planes generales de viabilidad municipal que garanticen la prestación de los servicios mínimos, la efectiva autonomía municipal y la capacidad suficiente para el cumplimiento de sus fines.
Las Diputaciones Provinciales participarán en la formación de los indicados planes.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.