Artículo 38. Principios de la Hacienda municipal de Barcelona.
Redacción vigente desde el 14/06/2006
La Hacienda municipal de Barcelona se ajusta a los principios siguientes:
a) Suficiencia financiera para el desempeño de las funciones que la ley atribuye al Municipio de Barcelona, de acuerdo con lo previsto en el artículo 142 de la Constitución.
b) Autonomía para establecer y exigir tributos y precios públicos de conformidad con la Constitución y las leyes.
c) Equidad, capacidad económica, justicia, generalidad, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad.
d) Solidaridad en el marco de la cooperación internacional.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.