Artículo 5. Las administraciones públicas competentes en materia de movilidad y transportes urbanos e interurbanos.
Redacción vigente desde el 27/06/2015
Las administraciones públicas de la Región de Murcia con competencia y responsabilidad en la planificación, ordenación, adjudicación y gestión de los transportes regulados en la presente ley son:
a) La Administración General de la Comunidad Autónoma.
b) Los municipios.
c) Las entidades de ámbito supramunicipal creadas al efecto.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).