Artículo 59. Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Redacción vigente desde el 19/12/2007
1. Se creará la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres, en la que estarán representadas todas las Consejerías de la Junta de Andalucía, como órgano colegiado para el seguimiento de las acciones y actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de igualdad de género, que será presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
2. Su composición, competencias y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE