Artículo 33. Representación en órganos públicos de la Junta de Andalucía.
Redacción vigente desde el 29/02/2004
Los consumidores deberán estar representados, por medio de las organizaciones o asociaciones de consumidores legalmente constituidas en Andalucía, en la forma que reglamentariamente se determine, en los órganos de la Administración Pública de la Junta de Andalucía cuyo objeto les afecte directamente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE