Disposición final primera. Actualización de las cuantías de las sanciones.
Redacción vigente desde el 29/02/2004
El Consejo de Gobierno actualizará, conforme a la evolución del Índice de Precios al Consumo, la cuantía de los límites sancionadores a que hace referencia el artículo 74 de la presente Ley»
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).