Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
Redacción vigente desde el 21/12/2010
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, la Junta de Castilla y León aprobará el Reglamento preciso para el desarrollo y ejecución de esta ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).