1. Todas las personas tienen derecho a la consulta de los documentos constitutivos del Patrimonio Documental Andaluz, de acuerdo con la legislación en materia de archivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los órganos competentes garantizarán dicho derecho.
2. El acceso y consulta de los documentos integrantes del Patrimonio Documental Andaluz podrá realizarse en un archivo público cuando lo solicite la persona propietaria o poseedora, autorizando este depósito temporal la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE