Las infracciones tipificadas en el artículo anterior podrán dar lugar a la imposición de las siguientes sanciones:
a) En el caso de infracción muy grave:
Multa desde 240.401 hasta 2.404.000 euros.
b) En el caso de infracción grave:
Multa desde 24.001 hasta 240.400 euros.
c) En el caso de infracción leve:
Multa de hasta 24.000 euros.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE