Las referencias al órgano competente de la Comunidad de Madrid en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas se entenderán hechas, en tanto se mantenga la estructura vigente a la fecha de aprobación de esta Ley, a la Consejería de Presidencia y, dentro de ella, a la Dirección General de Protección Ciudadana.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE