Artículo 44. Situación del personal de la mancomunidad integral en caso de disolución.
Redacción vigente desde el 24/12/2010
Los estatutos y reglamentos orgánicos aprobados por la mancomunidad deberán regular la situación en que quedará el personal de la mancomunidad en caso de disolución y de separación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.