Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del procedimiento de creación, supresión y modificación de entidades locales menores.
Redacción vigente desde el 24/12/2010
Los procedimientos de creación, supresión y modificación de entidades locales menores previstos en esta Ley no serán de aplicación a los expedientes que se encuentre en fase de tramitación en el momento de su entrada en vigor, que seguirán rigiéndose por la normativa anterior que resulte de aplicación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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